viernes, 11 de mayo de 2007

Unidad VIII: Materiales Biomédicos y Drogas citostáticas




Normas para el registro, elaboración, fraccionamiento, comercialización, importación y exportación de materiales biomédicos: Decreto Nº2505/85, resolución 255/94.

Autoridades nacionales competentes encargadas del control: El ejercicio del poder de policía sanitaria se hará efectivo por el Ministerio de Asistencia Social y Salud Pública.

Verificación del cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura: Se basa en cumplir con la guía de inspecciones donde se encuentran definidos todos los puntos que debe reunir un laboratorio para la producción de material biomédico y drogas citostáticas.

Normas y recomendaciones para el manejo de citostáticos: Se trata de evitar contaminación cruzada mediante una correcta fabricación, realizar controles extremos sobre operarios y adecuadas normas de higiene, sistema de extracción en las áreas de trabajo, manejo adecuado sobre los residuos producidos.

Peligro de las drogas citostáticas. Variables de riesgo: La mayoría de estos agentes o sus precursores interactúan con el ADN, e inhiben la síntesis de nuevo material genético, causando daño irreparable en ellos.

Recomendaciones generales: Toda persona implicada en el manejo de citostáticos debe cumplir con estrictas normas de seguridad y realizar chequeos médicos relativamente seguidos.


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